Me pueden obligar hacer cursos fuera de horario laboral

Formación impuesta por el empresario

No. Por ejemplo, un empleado tiene derecho a conservar fotografías pornográficas en su ordenador de trabajo, siempre que no sean ilegales (Cour de cassation, sala social, 8 de diciembre de 2009, pourvoi n° 08-42097). Por otro lado, el empresario puede sancionar al empleado si demuestra que los documentos conservados muestran un uso abusivo (intercambio de cientos de correos electrónicos personales cada día) o ilegal (descarga de películas o música).

Sí, si el trabajador hace públicamente (en un foro o en un mensaje legible por todos sus amigos) comentarios despectivos o insultantes sobre su empresa o su superior (Conseil de prud'hommes de Boulogne-Billancourt, 19 de noviembre de 2010, nº 09/00316).

¿Cuáles son los requisitos legales para la formación?

La formación de los trabajadores por parte del empresario es obligatoria en el marco de los siguientes principios: permitir a los trabajadores adaptarse a su puesto de trabajo y garantizar el mantenimiento de su capacidad para ocupar un puesto de trabajo, en particular en lo que respecta a los cambios en los puestos de trabajo, las tecnologías y las organizaciones.

¿Cuál es la duración legal de una jornada de formación?

El tiempo máximo de trabajo diario está fijado en 10 horas. Ningún período de trabajo efectivo podrá exceder de 6 horas consecutivas.

  Cómo hacer el curso

Formación fuera del horario laboral a iniciativa del empresario

Para beneficiarse de un proyecto de transición profesional, el trabajador debe tener una antigüedad mínima de 24 meses, consecutivos o no, de los cuales 12 meses en la empresa, independientemente de la naturaleza de los contratos de trabajo sucesivos.

Para acceder al CPF, todos los empleados deben visitar el sitio web MonCompteFormation (y su aplicación móvil). Esta última les permite consultar su cuenta personal de formación (CPF) y, en su caso, su compte prévention pénibilité (CPP) y su compte d'engagement citoyen (CEC).

Formación obligatoria fuera del horario laboral

Cuando, durante un período de doce semanas consecutivas o durante doce semanas en un período de quince semanas o durante el período previsto por un convenio colectivo concluido sobre la base del artículo L. 3122-2, si éste es más largo, la duración media de trabajo efectivamente realizada por un trabajador haya superado la duración de trabajo prevista en su contrato en al menos dos horas por semana, o el equivalente mensual de esta duración, se modificará el contrato, previo preaviso de siete días y salvo oposición del trabajador afectado.

  Qué cursos te gustaría hacer

Cuando el empresario solicite al trabajador un cambio en la distribución de su jornada laboral, aunque el contrato de trabajo no haya previsto los casos y la naturaleza de dichos cambios, la negativa del trabajador a aceptar este cambio no constituirá falta ni motivo de despido.

Los cursos de formación destinados a desarrollar las competencias de los trabajadores pueden tener lugar, en virtud de un acuerdo entre el trabajador y el empresario, fuera del tiempo de trabajo efectivo:

Horas de formación y tiempo de trabajo real

¿Quiere optimizar su trayectoria profesional, darle un nuevo impulso, mejorar su empleabilidad o reorientarse? Utilice su cuenta personal de formación (CPF), que le permitirá seleccionar y financiar la formación sin intermediarios.

El FPC se financia en proporción al tiempo que haya trabajado durante el año. No obstante, se tienen en cuenta el permiso de maternidad, el permiso de paternidad y cuidado de hijos, el permiso por adopción, el permiso parental, el permiso por presencia parental, el permiso para ser cuidador y las ausencias por enfermedad profesional o accidente de trabajo.

Es usted quien elige cuándo y cómo utilizar su FPC. Por tanto, su empresario no puede obligarle a utilizarlo para financiar la formación. Debe obtener su acuerdo. Si se niega, esto no constituirá una falta.

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